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  • Foto del escritorNicolas de la Plaza

¿Las LLC en manos de extranjeros pagan impuestos en EEUU?

Muchas veces en las consultas con los clientes suele aparecer esta pregunta. Algo que carga con mucho sentido, ya que la respuesta es clave para decidirse a estructurar en EEUU desde el exterior o mirar otras opciones.


El problema son dos tipos de asesoramientos:


1) el de los profesionales de países de Latinoamérica y Europa que forman sus respuestas de acuerdo a cierta lógica local, por ejemplo interpretar el Derecho Anglosajón con herramientas del Derecho Frances que regulan esos países, siendo el francés absolutamente antagónico al anglosajón en infinitas cuestiones jurídicas. Situación que produce desastres impositivos y graves problemas de ineficacia en la solidez de estructuras legales internacionales.


2) el segundo tema a tener en cuenta es el asesoramiento de algunos CPAs (Certified Public Accountants) de EEUU que conllevan el problema de no tener en su núcleo profesional la practica internacional. El tema a tener en cuenta aquí es se suele interpretar que una LLC en manos de extranjeros es lo mismo que una LLC en manos de residentes estadounidenses. Algo que es erróneo.


¿Cuál es la respuesta al título?


Efectivamente las ganancias de las LLCs con dueños extranjeros no tributan ganancias en Estados Unidos si la LLC no es ETOB ("Engaged in a Trade Or Business" in the United States), esto significa que la LLC para estar exenta impositivamente en EEUU debe ser considerada que no se encuentra involucrada en negocios y comercio en Estados Unidos.

El punto clave que quiero explicar es que si bien la LLC puede tener ganancias por negocios en EEUU, no significa para el derecho anglosajón que la LLC en manos de extranjeros sea ETOB. He aquí las cosas del Derecho Anglosajón que son imposibles de entender con una formación únicamente basada en el Derecho Latino.


El Test del derecho anglosajón para considerar ETOB a una LLC es el siguiente a grandes rasgos, debiéndose cumplir si o si el punto 1) y si o si el 2) o 3):


1) Tener un empleado dependiente en EEUU, y

2) Este empleado dependiente cumple una función substancial para la LLC en EEUU y no meras tareas administrativas, o

3) La LLC esta comprometida en una actividad comercial "considerable, continua y regular" en EEUU.


Esto significa que si la LLC en manos de extranjeros no tiene un empleado en EEUU no puede ser considerada ETOB por lo tanto su ganancia no es tributable en EEUU. Y si la LLC en manos de extranjeros tiene un empleado en EEUU, este debe ser substancial para el negocio o en su defecto la LLC debe tener una actividad considerable, continua y regular en tierras estadounidenses.


Esta regla nos lleva a una definición para entenderlo mejor que es la que usan los CPAs estadounidenses con práctica internacional: Si el origen de la ganancia de la LLC en manos de extranjeros se produjo fuera de EEUU, es decir donde se hizo el trabajo que se vende en EEUU, está exento de tributos estadounidenses porque no se utilizaron empleados en Estados Unidos.


En términos generales, dentro de la situación resaltada en el párrafo anterior se pueden

considerar libres de impuestos en EEUU las LLC en manos de extranjeros que se dediquen a estas actividades:


-Servicios profesionales ejercidos por fuera de EEUU

-Venta de productos digitales -Diseño Web, desarrollo de software, etc

-Venta de productos físicos sí el "shipping point" es fuera de EEUU (vg. carne vendida FOB).


Como puede ayudar ZBL: En ZBL no solo incorporamos LLCs en cualquier estado de Estados Unidos, sino que por convenios con nuestra firma aportamos a nuestros clientes CPAs especializados en estructuras de negocios internacionales que en todo momento están a las ordenes para cualquier consulta.

Cualquier duda o consulta visite nuestro sitio en zbl-legal.com o escriba directo a info@zbl-legal.com






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